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Planes de Acción Nacional en América Latina y el Caribe > Jamaica

Es importante señalar que la situación de los niños y niñas de Jamaica es bastante grave si se tiene en cuenta los múltiples factores que inciden en el elevadisimo porcentaje de menores que son afectados de alguna u otra forma por la explotación sexual infantil. La pobreza es uno de los factores de mayor incidencia para que los menores ejerzan la prostitución, la falta de concienciación que se tiene en la población jamaiquina que desconoce a la prostitución y explotación sexual infantil como un problema, el turismo sexual y la falta de programas educativos dirigidos por el gobierno para concientizar a los niños, ni as y adolescentes de las repercusiones graves que genera la prostitución.

Es de común observancia que las niñas se trasladen desde muy tempranas horas de la mañana para buscar que alguien las contrate a bailar en algún club, y luego llegado el momento prostituirse, niñas que no superan los 10 o 12 años de edad. Igualmente es de común observancia en la isla la venta de paquetes turísticos denominados todo incluido ( sea, sex, sun and sand) mar, sexo so y arena. Así los turistas que llegan a la isla provenientes en su gran mayoría de Europa y América del norte, llegan con la seguridad de tener relaciones sexuales con menores sin el menor peligro de ser arrestados o detenidos. Situaciones como las anteriores se realizan bajo la vista de las autoridades que en gran proporción no encuentran mayor delito en que los menores realicen actividades sexuales y reciban un pago por ello, la ausencia de una legislación que prohiba de forma radical la explotación sexual en cualquiera de sus formas.
El marco legal según lo informado por la UNICEF muestra que existe un problema de abuso sexual infantil, especialmente abuso sexual de gran magnitud, no existe ninguna ley especifica que se refiera al abuso de niñas y niños en Jamaica.

Solo existen cuatro leyes bajo las cuales los perpetradores de maltrato a menores son juzgados: La Juveniles Act de 1951, La Offences Againstr the person the act de 1864, la Incest act de 1948 y la Education Act de 1965.
Dichas leyes ofrecen por separado un enfoque fragmentado del problema del abuso sexual infantil y establece la posibilidad de la manipulación y tergiversación de la ley en relación con las víctimas. Otro de los problemas de la ley es que clasifica a la mayoría de los delitos como menores y generalmente se concede la libertad bajo fianza a l ofensor lo cual genera impunidad en gran proporción.
Hasta el momento solo se han introducido modificaciones a estas leyes en los últimos años pudiendo la Corte separar de su hogar al menor que se encuentre en riesgo a su salud mental psicológica o física, pudiendo el menor quedar a disposición del estamento de cuidado y bienestar al menor.
Sin embargo el trabajo sexual comercial en Jamaica es considerado como delito, sin embargo el castigo en su gran mayoría se convierte en multas.
Así desde hace mas de diez años se ha detectado el fenómeno de la explotación sexual infantil como un problema grave y en los últimos años se ha creado el Grupo de Estudio formado por representantes de organismos tales como: Association of Social Workers, El tribunal de Familia, VOUCH, abogados y funcionarios de las Cortes. Dicho grupo tenia como función:
· Investigar las posibles denuncias sobre abuso de menores por parte de los sectores de negocios y comerciales. Ejem: prostitución infantil, pornografía infantil.
· Coordinar los resultados de varias investigaciones realizadas por organismos e individuos y efectuara un paquete recomendaciones.
· Revisar las leyes que trataban el tema del abuso sexual infantil y examinar el grado de cobertura de dichas leyes, y efectuar todas las recomendaciones a la comisión para realizar la actualización de dichas leyes. Así el grupo informó en septiembre de 1998 al Ministro quien rápidamente apoyó la recomendación de aumentar la edad de consentimiento de 14 a 16 años y nombrar un Comité de Expertos para ejecutar otras recomendaciones del grupo tendientes a aprobar una legislación sobre:
· Los propietarios de los clubes donde se encuentran menores de edad, y
· Los propietarios y el publico de los clubes donde los menores de edad realizan actuaciones indecentes o ejercen la prostitución, sean procesadas y se tomen las medidas legales necesarias para que se suspenda la licencia correspondiente a los propietarios u operadores procesados por los ítem anteriores.

Igualmente tal grupo recomendó la creación de una unidad especial de policía, la creación de un programa de capacitación para la policía sobre leyes y procedimientos relacionados con el abuso infantil, un programa estructurado de educación masiva a nivel popular para llegar a padres y jóvenes a todos los niveles.

Ya en 1996 Jamaica, informaba al Congreso Mundial sobre la Explotación Sexual Comercial que, a pesar de que no se había ejecutado ninguna acción respecto de la formulación de un plan nacional, se estaba en el proceso de desarrollo e investigación, y de redacción de una nueva legislación de mas cobertura en cuanto a la protección de menores.

UNICEF ha financiado una serie de iniciativas de concientización, formulación de políticas y fortalecimiento de programas de intervención en colaboración con organismos gubernamentales y ONG,s. El programa de cooperación acordado con el gobierno jamaiquino 1997-2001 incluye un programa especifico para niños y niñas y jóvenes en riesgo. Uno de los ejes específicos del programa es el desarrollo de estrategias para proteger a los niños y a las niñas de la violencia, para lo cual recomienda el desarrollo de una estrategia de recolección de datos. El National Child Month Commiteee, con el apoyo de UNICEF, ha elaborado una estrategia para identificar los conocimientos adquiridos y para fortalecer la base de conocimientos adquiridos y para fortalecer la base de conocimientos actuales en relación con los niños niñas y la violencia.

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