|
Los Planes de Acción que se han venido ejecutando en nuestro
país se pueden señalar desde dos sectores: sector
público y sector privado.
El sector gubernamental ha basado su estrategia desde el Sistema
Nacional de Bienestar Familiar, teniendo al Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar como su grupo directo de acción, como
tal el ICBF tiene por objetivo fundamental proteger ya garantizar
los derechos de la niñez, promover la integración
y realización armónica de la familia, vincular al
mayor número de personas y coordinar con las entidades públicas
y privadas competentes en el manejo de los problemas de la familia
y del menor con el propósito de elevar el nivel de vida de
nuestra sociedad.
ICBF coordina y dirige los esfuerzos que el Estado traslada en
procura de solucionar la grave problemática existente en
nuestro país, de tal forma los presupuestos contenidos dentro
del Presupuesto general de la Nación son administrados por
el ICBF. Específicamente la labor que realiza el ICBF es
la de seguimiento y colaboración con las entidades no gubernamentales
que coordinan y realizan la labor de acercamiento, bienestar físico,
mental, ayuda terapéutica y re-socialización.
El ICBF es un establecimiento público descentralizado, con
autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito al
Ministerio de Salud, se encuentra en todo el país a través
de 33 regionales en 286 centros zonales. La subdirección
de servicios de protección organizó ocho proyectos
según la clase de problema que pueda tener el menor así:
- Menor infractor y contraventor
- Menor de la calle
- Menor en la calle trabajando
- Hogares sustitutos para niños abandonados
- Adolescentes embarazadas
- Niños discapacitados
- Menor en drogadicción
- Menor en prostitución.
Colaboran con el ICBF la Defensoría del Pueblo quien tiene
como función constitucional velar por la promoción,
el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, igualmente
la Procuraduría Delegada para la defensa del menor y la familia,
tiene como función la vigilancia judicial en los juzgados
de familia y de menores sobre los defensores de familia.
Las Instituciones de vigilancia y control como los cuerpos de policía
tienen como función la colaboración con los organismos
destinados por el estado a la educación, prevención
y protección del menor.
El Comité Interinstitucional para la lucha contra el Tráfico
de Mujeres, Niños y Niñas, es un organismo consultivo
del gobierno nacional y ente coordinador de las acciones que desarrolle
el Estado Colombiano para combatir el trafico, la explotación
y el abuso sexual. Fue creado mediante Decreto No. 1974 del 31 de
octubre de 1996, fundamentado en los artículos 12,13,17 y
44 de la Constitución Nacional.
Este comité estudio e implemento la ratificación
de las convenciones y acuerdos internacionales a los cuales Colombia
se ha adherido: Convenio para la represión de la trata de
personas y de la explotación de la prostitución (1949)
y Convención de la Haya sobre los aspectos civiles del secuestro
internacional de menores (1980).
El Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Congreso
de la República la exposición de motivos al proyecto
de ley No. 87 de 1997 por medio del cual se aprueba la Convención
Interamericana sobre Trafico de menores, suscrito en México
el 18 de marzo de 1994, aprobada por el Congreso Colombiano el 9
de junio de 1998.
Dicho comité esta conformado por:
- El Ministerio de Justicia y del Derecho.
- El Presidente de la Junta Directiva del ICBF.
- El Ministro de Relaciones Exteriores.
- El Director del DAS.
- El Director de la Policía Nacional.
- El Fiscal General de la Nación.
- El Procurador General de la Nación.
- El Defensor del Pueblo.
- El Registrador Nacional del Estado Civil.
- El Defensor del Pueblo.
- El Director del Programa Presidencial para la defensa de la
libertad personal.
- El Director General de la Oficina de la INTERPOL.
- El Director General del ICBF.
- El Director Nacional para la Equidad de la Mujer.
- El Oidor de los Niños estará como invitado permanente.
La Fiscalía General de la Nación creo la Unidad de
delitos contra la libertad sexual y la dignidad humana, creadas
mediante la ley 360 de 1997. Su labor fundamental es la de asegurar
la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando
las medidas de aseguramiento que hayan a lugar en cuanto se realicen
las denuncias respectivas que conlleven a determinar la responsabilidad
de un sujeto en la comisión de un delito sexual.
Esta Unidad Especializada en delitos contra la libertad sexual
y la dignidad humana, estipula que cada una de ellas debe contar
con un psicólogo de planta, la cobertura es solo 5 ciudades
de las 29 principales, esperando ampliar esta cobertura a la totalidad
de las ciudades del país. Ejemplo modelo de estas Unidades
es la presentada en la capital de la república, la cual tiene
por objetivo del centro el garantizar a las víctimas de maltrato
físico, abuso sexual o violencia intrafamiliar, la oportuna
y adecuada atención integral en las areas jurídica,
psicológica y de protección agilizando el procedimiento
legal y contando con un equipo interdisciplinario e interinstitucional.
Es de vital observancia el hecho sobre el cual se apunta el papel
del Estado Colombiano, el cual a pesar de su intención de
erradicar el flagelo de la violencia sexual y delitos afines, su
efectividad ha sido reducida ya que no basta con la promulgación
de leyes y normas penales que prohiban actividades como la explotación
sexual infantil, pornografía y otras. Se hace necesario que
las autoridades actúen diariamente y no de manera esporádica,
es necesario que los vínculos de comunicación entre
entidades privadas y publicas se acrecienta para hacer mas efectiva
la labor de lucha frente a nuestra problemática.
|